Seremi de Gobierno destacó promulgación de ley que elimina el 5 % de salud a pensionados

“Esta es una medida concreta que nos permite avanzar en la garantía de los derechos  de nuestros adultos mayores, y así ir mejorando cada vez más su condición de vida”. Así calificó el seremi de Gobierno, Marco Leal, la promulgación de la ley que exime de cotización de salud a pensionados que hoy pagan el 5 % y que establece otros beneficios.

De esta forma, la autoridad regional explicó que “esta será una exención  gradual de la cotización para salud, en donde más de  7 mil pensionados y pensionadas de la región verán aumentado el monto líquido de sus pensiones. Para la Presidenta Michelle Bachelet nuestros adultos mayores son una prioridad, y esta ley es un gran paso para construir un Chile más justo e inclusivo, donde las personas mayores  gocen de una vejez más digna”.

Esta rebaja será implementada en dos etapas a través del Instituto de Previsión Social. Durante los primeros 12 meses, las personas beneficiarias accederán a una rebaja del 5 % al 3 IMG_9829%. Luego de esos 12 meses, la exención será total. La rebaja inicial a un 3 % comenzará a verse reflejada en las pensiones a principios de noviembre de este año.

El seremi además detalló otros beneficios que incorpora esta normativa. “Para los beneficiarios del Pilar Solidario que administra el Instituto de Previsión Social se garantizan dos nuevas medidas: una prestación para apoyar gastos funerarios, a todos los beneficiarios de la Pensión Básica Solidaria y del Aporte Previsional Solidario); y además se establece un beneficio de invalidez para quienes accedan a los 65 años automáticamente al respectivo beneficio de vejez, en caso de cumplirse los requisitos, sin necesidad de realizar trámites”.

Requisitos

Los favorecidos con esta  iniciativa legal son todos los pensionados que pagan una cotización del 5 % para salud, pertenecientes al Sistema de AFP, al IPS, pensionados de la Ley de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales, o exonerados políticos acogidos a la Ley N°19.234. Estas personas deben cumplir con las siguientes condiciones: tener 65 o más años de edad, haber vivido al menos 20 años en Chile y que, además, hayan estado cuatro de los últimos cinco años viviendo en el país antes de tener derecho al beneficio. Además, integrar un grupo familiar perteneciente a los cuatro quintiles más vulnerables de la población. El Instituto de Previsión Social (IPS) determina si la persona pertenece a ese grupo a partir de la información contenida en la Ficha de Protección Social (FPS) y otros antecedentes de ingresos de las personas.

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