Seremi de Salud Osorno verifica cumplimiento de ley de etiquetado nutricional en huevos y conejos de pascua

A pocos días de Semana Santa y la esperada pascua de resurrección por todos los niños, la Seremi de Salud Osorno visitó los locales de expendió de confites de la provincia de Osorno con la finalidad de fiscalizar el cumplimiento de la Ley de Etiquetado Nutricional para verificar que los alimentos “Altos en” estén con la rotulación correspondiente y no tengan publicidad dirigida a menores de 14 años. 
La ley 20.606, entre otras medidas, prohíbe la publicidad dirigida a menores de catorce años de aquellos alimentos adicionados que superan los límites de calorías, grasas saturadas, sodio y calorías establecidos por el Ministerio de Salud en el Decreto Supremo 13 de 2015, encontrándose en vigencia esta regulación desde junio del 2016. 
Estos productos siempre superan los límites establecidos por el Ministerio de Salud para 2 a 3 nutrientes, por lo tanto, bajo la actual regulación, no pueden realizar publicidad dirigida a menores de catorce años. 
El jefe Provincial de la Seremi de Salud Osorno (s) Carlos Rosas manifestó que a la fecha se ha cursado 1 sumario sanitario en la provincia y que en general se ha dado cumplimiento a la Ley de Etiquetado “A prácticamente un año de haber entrado en vigencia de la Ley de Etiquetado Nutricional, vemos que la industria en su mayoría  ha dado cumplimiento a la Ley en lo relativo a rotulación y envasado de alimentos, pero recordemos que la ley no sólo abarca rotulado y publicidad en el envase, sino que la ornamentación y contexto del entorno donde se venden los productos también constituye publicidad, ejemplo tener música ambientada a la festividad, personajes infantiles, peluches, etc. Pero en general los puntos de venta se han adaptado evitando tener secciones adornadas con atractivos para menores de 14 años” agregó. 
La Seremi de Salud tiene por objetivo principal proteger la salud de los chilenos, sobre todo la población infantil, teniendo como propósito establecer medidas preventivas, asegurar la información clara sobre los alimentos para así favorecer una decisión informada, teniendo visible y de fácil comprensión el etiquetado en los alimentos altos en calorías, grases saturadas, azucares y sodio si es que superan los límites autorizados por el Ministerio de Salud.
Por otra parte, cabe destacar que la forma del producto no constituye publicidad en el contexto de este reglamento, sin embargo sí lo es su envase o rotulación. Por ejemplo: no constituye publicidad prohibida un chocolate con forma de “conejo”, sin embargo, si ese chocolate está envasado con una rotulación que caracteriza a un “conejo”, es considerado como un  elemento atractivo para menores de 14 años, por lo tanto es una publicidad prohibida.

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