Autoridades regionales analizaron principios de la Ley de Inclusión Laboral en Irade

Se trata de la Ley N° 21.015, que incentiva la inclusión laboral de personas con discapacidad al mundo laboral.

Concepción.- El seremi del Trabajo y Previsión Social, Rodrigo Alarcón, junto al seremi de Desarrollo de Desarrollo Social, Juan Eduardo Quilodrán, y la directora regional de Senadis, Sandra Narváez, compartieron los alcances y principios de la Ley de Inclusión Laboral con los integrantes del Círculo de Personas de Irade Biobío.

Recordemos que esta ley, promulgada el 8 de junio pasado, establece que tanto organismos públicos como empresas privadas de cien o más trabajadores deben reservar el 1% de la cuota de empleos para personas en situación discapacidad. Además, deroga el artículo que permitía legalmente convenir una remuneración menor al mínimo en el contrato con personas con discapacidad mental.

El seremi del Trabajo precisó que “esta iniciativa, que busca fomentar la inclusión social y laboral de las personas en situación de discapacidad, constituye uno de los desafíos fundamentales de nuestro Gobierno. Además, estamos conscientes de que las políticas laborales inclusivas potencian el cambio cultural que el país necesita, de aceptación de la diversidad y no discriminación, y hay estudios que así lo demuestran”.

En esta misma línea, la directora regional de Senadis, Sandra Narváez, aseguró que “regulamos la dignificación del tema salarial en las personas con discapacidad mental. Una ley antigua, la 18.600, establecía que se les podía cancelar cualquier tipo de pago, de común acuerdo con el empleador. Hoy una persona en situación de discapacidad contratada no puede ganar menos del sueldo mínimo. Estamos igualando oportunidades y legitimando los derechos que cualquier trabajador y trabajadora tiene”.

La Ley de Inclusión estableció un plazo de seis meses, desde su promulgación, para que se dicten los reglamentos sobre inclusión en el ámbito público y privado, proceso en el cual se encuentran los Ministerios del Trabajo y Previsión Social, de Desarrollo Social y de Hacienda. El primer día del mes subsiguiente a la publicación de los reglamentos entrará en vigencia la Ley.

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