Tras 20 años sin cambios, bancos podrán contar con nueva legislación que recoge experiencia internacional

Modernizar la legislación bancaria incorporando en ella las buenas prácticas internacionales es una necesidad que Chile no puede seguir demorando por más tiempo, sostuvo esta mañana el diputado de Renovación Nacional Bernardo Berger tras aprobarse una iniciativa al respecto en su primer trámite en la Cámara Baja

La iniciativa perfecciona en general el DFL 3 de 1997 del Ministerio de Hacienda, la Ley General de Bancos (LGB) y la Ley 21.000 que crea la Comisión para el Mercado Financiero, y en ello impone mayores resguardos al sistema y establece un nuevo marco de fiscalización.

La última gran reforma data de 1997. Veinte años sin movilidad en este ámbito claramente ha producido una importante brecha regulatoria frente a los cambios que ha experimentado el mercado nacional y más aún en el ámbito internacional, por lo que se hacía realmente necesaria para adquirir los niveles de competencias requeridos por la industria”, afirmó Berger. 

Y aunque valoró la propuesta, advirtió que quedó pendiente incluir en la discusión “aspectos relevantes en la totalidad del sistema financiero y no sólo en la regulación bancaria, habida consideración de la gran proliferación de créditos privados otorgados por entidades no bancarias”.

Entre otras medidas, el proyecto da término a la actual Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras (SBIF) y traspasa sus competencias a una Comisión para el Mercado Financiero (CMF).

También incorpora nuevas exigencias de capital y reservas, de acuerdo a los lineamientos del Foro de Estabilidad Financiera del año 2010. Asimismo, establece una exigencia de capital adicional equivalente al 1,5% de los activos ponderados por riesgo y se incorpora una obligación de mantención de 2,5% de los activos ponderados por riesgo por sobre el mínimo establecido, el cual deberá estar conformado por capital básico bancario.

La misma normativa abre la posibilidad a que el Banco Central, en atención al comportamiento de los ciclos económicos, pueda determinar la activación de una exigencia de capital básico adicional, de tipo “contra-cíclica”, aplicable de manera general a todas las empresas bancarias constituidas o autorizadas para operar en el país. La reserva la fijará la entidad regulatoria en acuerdo con la CFM hasta en un 2,5% de los activos ponderados por riesgo.

La iniciativa, además incorpora una modificación a la garantía estatal a los depósitos, al incrementar el tope máximo anual de cobertura por persona de 120 UF a 400 UF, con la restricción que, para una única institución bancaria, el límite es de 200 UF.

VIDEO::: https://www.youtube.com/watch?v=-lDxxMWIC6k

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