Ministra Emma Díaz dicta sentencia por la muerte de  Sebastián Rodrigo Rivas Ovalle

La ministra en visita en causas de derechos humanos, Emma Díaz Yévenes, dictó sentencia en la investigación que sustancia por el delito de lesiones graves con resultado de muerte de Sebastián Rodrigo Rivas Ovalle, ilícito perpetrado el 15 de diciembre de 1989, durante una manifestación realizada en el marco del  triunfo de Patricio Aylwin como Presidente de Chile.

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En la resolución (causa rol 2-2011), la ministra instructora absolvió a Francisco Javier Castro Leyton,  René Sebastián Soto Cona, José Rodolfo Solano Opazo, Marco Alfonso Carrasco Lagos y a Exequiel Andrade Arriagada-miembros activos y en retiro de Carabineros de Chile- y aplicó la figura de la prescripción de la acción penal, al considerar que el delito no corresponde a un crimen de lesa humanidad.

“A juicio de esta sentenciadora y, dada la descripción del hecho investigado en autos establecido en el motivo segundo de esta sentencia, no concurren en la especie las condiciones para que se considere como un delito de lesa humanidad. En efecto, en el hecho existía una movilización de la población civil, celebrando la elección de un presidente democrático y la intervención de Carabineros tenía como objeto garantizar la tranquilidad social y no se trataba de un ataque generalizado y sistemático contra la población, como tampoco respondía a una política de Estado o de sus agentes, que detentaran un poder de hecho tal que favoreciera la impunidad de sus actos”, sostiene el fallo.

La resolución que agrega: “esta sentenciadora considera que los hechos configuran lo que en  la doctrinase denomina delito preterintencional, esto es, aquellos casos en que se realiza dolosamente un hecho delictivo, a consecuencia del cual resulta otro hecho delictivo más grave, que no fue previsto por el agente, que se presenta entre otros casos cuando hay dolo de lesiones y resultado de muerte”.

Por tanto, el fallo señala que “se absuelve a Francisco Javier Castro Leyton,  René Sebastián Soto Cona, Exequiel Andrade Arriagada, Marco Alfonso Carrasco Lagos y a José Rodolfo Solano Opazo de la acusación deducida en su contra como autores del delito de lesiones graves con resultado de muerte de Sebastián Rivas Ovalle, ocurrido en Valdivia el 15 de diciembre de 1989, por encontrarse prescrita la acción penal….”

Los hechos

El 15 de diciembre de 1989, en manifestaciones realizadas con ocasión del  triunfo de Patricio Aylwin como Presidente de Chile, un grupo de manifestantes -que portaban banderas y carteles alusivos a las elecciones- se reunió en calle Picarte para luego trasladarse frente al Batallón Logístico. Alrededor de la 01.00 de la madrugada, llegó  un bus de Carabineros  del cual bajaron  un  oficial y otros Carabineros, procediendo estos a repeler y atacar a los manifestantes con sus bastones de servicio, a raíz de lo cual  Sebastián Rodrigo Rivas Ovalle,  resultó con lesiones, por lo que  fue traslado por algunos de los manifestantes hasta su domicilio, lugar desde el cual fue llevado al hospital de Valdivia, lugar donde falleció producto de una contusión meningo-encefálica.

DIRECCIÓN DE COMUNICACIONES PODER JUDICIAL

 

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