Corte de Valdivia acoge recurso de protección y ordena a entidad financiera eliminar de registro de deudores a usuario

La Corte de Apelaciones de Valdivia acogió el recurso de protección interpuesto por Emir Javier de la Guarda Caminos, en contra del Sistema Nacional de Comunicaciones Financieras S.A (Sinacofi), la Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras (SBIF) y la Cooperativa de Ahorro y Crédito El Detallista Limitada (Detacoop Ltda.), por la publicación de antecedentes de morosidad del demandante en las diversas plataformas financieras del país.

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En fallo unánime (causa rol 154-2016), la Primera Sala del tribunal de alzada –integrada  por los ministros Mario Julio Kompatzki, Darío Ildemaro Carreta y Marcia Undurraga– consideró que “el actuar de Detacoop resulta arbitrario, pues precisamente importa una vulneración del uso razonable de sus facultades legales, debido a que procedió a mantener en los registros como deudor moroso al recurrente, con posterioridad a la dictación de la sentencia interlocutoria que declaró el abandono del procedimiento de la causa ejecutiva donde se perseguía el cobro de lo adeudado”.

“En efecto, no obstante que la recurrida actuó en ejercicio de sus facultades legales, lo cierto es que el uso indiscriminado de dichas prerrogativas en el caso concreto, tornan dicho actuar en arbitrario, pues existiendo ya un pronunciamiento jurisdiccional, ejecutoriado que declara el abandono del procedimiento, precisamente para perseguir el cobro ejecutivo de la misma suma adeudada que dio origen a la publicación, aparece de manifiesto un ejercicio poco razonable y arbitrario de sus facultades discrecionales, al instar por mantener una publicación  respecto de una deuda sin “gestión judicial vigente (…) Que dicho actuar arbitrario de la recurrida ha vulnerado el artículo 19 N° 4 de la Constitución Política de la República, que asegura a toda persona el respeto y protección de su vida privada mediante la prohibición de realizar actos que le causen descrédito ”, sostiene el fallo.

Resolución que  “acoge, sin costas, el recurso de protección interpuesto por don Emir de la Guarda Caminos en contra de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Detallista Limitada, y en consecuencia, se ordena a ésta eliminar de sus bases de datos la información que le hace aparecer como deudor moroso, en el plazo de 15 días, desde que el presente fallo quede ejecutoriado”.

DIRECCIÓN DE COMUNICACIONES PODER JUDICIAL

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