1° Juzgado Civil de Valdivia ordena a establecimiento educacional indemnizar por maltrato a alumna

El Primer Juzgado Civil de Valdivia acogió parcialmente la demanda  de indemnización de perjuicios interpuesta en contra de Fundación Educacional Colegio Nuestra Señora del Carmen, por la madre de alumna que durante 2014, a la edad de 11 años, fue víctima de graves vulneraciones de derechos y maltrato de profesora de matemáticas, lo que generó menoscabo en la integridad síquica y emocional de la menor.

En el fallo (causa rol 296-2015), el magistrado Edinson Lara Aguayo acogió la demanda civil y condenó al colegio a pagar una indemnización de más de 4 millones de pesos, por los perjuicios ocasionado a la niña y su progenitora.

“Que no obstante existir un contrato de prestación educacionales suscrito por la madre con la Fundación Educacional Nuestra Señora del Carmen Valdivia, las autoridades del colegio se negaron a investigar o intervenir de manera adecuada y oportuna frente a las denuncias realizadas por su apoderada (…) En otras palabras, el colegio religioso demandado es responsable por el hecho o culpa de la profesora de matemáticas (…) Lo anterior es sin perjuicio de la propia responsabilidad o imputación de responsabilidad directa del colegio demandado, por el hecho propio, como deudor principal, al haber incumplido obligaciones de seguridad y cuidado oportuno y diligente en la atención y apoyo psicológico que requería la niña, alumna vulnerada en sus derechos, habida consideración que la normativa reglamentaria interna no era idónea en la protección de los derechos de los alumnos, como se hace ver en la Sentencia de Familia”, sostiene el fallo.

Resolución que agrega: “En consecuencia, es de cargo de la demandada la prueba de la diligencia o cuidado que le correspondía en el cumplimiento de las obligaciones contratadas y no habiendo aportado prueba suficiente que la libere de responsabilidad, deberá de reparar los perjuicios ocasionados (a la estudiante y apoderada), con ocasión del cumplimiento imperfecto de sus obligaciones, por haber actuado con negligencia en el resguardo y protección de la menor alumna del establecimiento, la que fue objeto de vulneración grave de sus derechos por parte de su profesora de matemáticas, cuando cursaba sexto básico en el primer semestre de 2014, a la sazón, de 11 años de edad, en el colegio Nuestra Señora del Carmen de Valdivia”.

Por lo tanto, concluye: “Que se ACOGE parcialmente la demanda de indemnización de perjuicios de lo principal del escrito de fojas 1, a favor de la estudiante y de su madre, en cuanto se condena a la demandada Fundación Educacional Colegio Nuestra Señora del Carmen Valdivia al pago de las siguientes sumas de dinero:

  1. a) $91.940 por concepto de daño emergente, por gastos de sicólogo y terapia realizadas en el Centro Clínico Militar de Valdivia a la madre de la alumna;
  2. b) $4.000.000, en total, por concepto de daño moral a favor de la estudiante y la madre, según se indicó en el fundamento vigésimo segundo”.

 

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