Gobierno da suma urgencia a ley orgánica que regula la elección de gobernadores regionales

La propuesta establece que senadores y diputados no podrán ser candidatos al cargo. En tanto, alcaldes y concejales deberán renunciar a sus puestos para poder postular. 

Este martes 02 de mayo, el ministro secretario general de la Presidencia, Nicolás Eyzaguirre, presentó el proyecto de ley orgánica constitucional que regula la elección popular de los Gobernadores Regionales, ante la comisión de Gobierno Interior de la Cámara de Diputados. 

En la oportunidad y en compañía del subsecretario de la Subdere, Ricardo Cifuentes, Eyzaguirre explicó los principales lineamientos de la iniciativa, que viene a complementar la reforma constitucional —promulgada en diciembre pasado—que consagra la posibilidad de que la ciudadanía elija a las principales autoridades regionales mediante el sufragio universal. 

Paz Foitzich, encargada regional de Subdere valoró la iniciativa: “lo que se establece para poder realizar la elección de gobernadores regionales es que tenemos que contar con una ley orgánica que regule dicho proceso, el proyecto que se presentó ayer y la ley que establece un nuevo procedimiento de transferencia de competencias a las regiones, apuntan a eso. La agenda de la Presidenta Bachelet concluye con la ley de responsabilidad fiscal, que es el último paso de esta reforma. Lo más importante y rescatable es que hoy día se le ha dado suma urgencia, se está cumpliendo con un compromiso de gobierno de impulsar una agenda de descentralización, que tuvo un origen ciudadano, estamos dando respuesta a aquello que la ciudadanía nos planteó en el inicio de la comisión de Descentralización donde plantea justamente la descentralización política y administrativa de los gobiernos regionales”. 

 Cabe señalar, que los senadores y diputados no pueden renunciar a su cargo para postular a otro cargo de elección popular y, por tanto, estarían impedidos, de ser candidatos a Gobernador Regional. En tanto, los alcaldes y concejales que deseen postular al puesto deberán renunciar previamente a la declaración de candidatura (90 días antes de una elección definitiva o 60 días antes de la elección primaria). Los ministros, subsecretarios, delegados presidenciales regionales y delegados presidenciales provinciales, deben renunciar un año antes de la elección. 

Para que se pueda concretar la primera elección en 2017, debe estar publicado el nuevo procedimiento de transferencia de competencias 100 días antes de la elección parlamentaria. En ese caso, si ministros, subsecretarios, intendentes, gobernadores, miembros del consejo del Banco Central, o el Contralor General de la República deciden postular al cargo, deberán renunciar a sus puestos, también, 100 días antes de los comicios.

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