Reforma Educación Superior: Ejecutivo incluye indicación que subsana falta de reconocimiento a la UACh, UdeC y USM

La indicación sustitutiva plantea que “las normas establecidas en los artículos 63 a 70 no les serán aplicables a la universidad Austral de Chile, a la Universidad de Concepción y a la Universidad Federico Santa María”.
Desde que comenzaron las discusiones sobre el Proyecto de Reforma a la Educación Superior, los Rectores de las universidades de la Red G9 – que agrupa a las instituciones públicas no estatales del CRUCh- sostenían la necesidad de proteger a estas casas de estudios y que no existan diferencias en el trato que se le daba a las universidades del Consejo de Rectores.
Una constante y especial preocupación tuvieron los rectores de las universidades Austral de Chile, de Concepción y Federico Santa María (pertenecientes la Red G9), pues en el Proyecto inicial, en el párrafo 7 del Título III, no se reconocía su historia, excelencia, calidad y constante vocación pública y de servicio al país, al dejarlas en el mismo plano que las instituciones creadas después de 1981.
De haberse aprobado esta normativa tal como estaba, dichas casas de estudios estarían obligadas a cambiar parte de sus estatutos.
El rector de la UACh, Dr. Óscar Galindo expuso su preocupación por este tema en diferentes instancias. Por ejemplo, el 31 de julio de 2017 la Red G9 tuvo dos reuniones importantes: con el senador Ignacio Walker, presidente de la Comisión de Educación del Senado, y posteriormente con el senador Andrés Zaldívar, presidente del Senado.
En ese momento, el Dr. Galindo defendió la autonomía universitaria sosteniendo que “partimos del principio básico de que una ley de educación superior debe promover la autonomía de las universidades. Y autonomía significa el derecho de las instituciones a darse una adecuada organización que permita y promueva la participación de los distintos estamentos”.
“Creemos que el proyecto de ley dificulta aquello con normas, como por ejemplo forzar que deba existir un solo órgano superior con poderes o responsabilidades académicas, administrativas y estratégicas. Las Universidades tradicionales hemos generado distintos sistemas de cuerpos colegiados con separación de responsabilidades, entre el Consejo Académico y el Directorio o Junta Directiva -según las organizaciones-. Esta separación es algo que corresponde promover porque además ayuda a una adecuada participación de la comunidad universitaria”, recalcó el rector de la UACh.
Debido a los argumentos que se han expuesto por parte de los rectores de la UACh, UdeC y USM, y de la Red G9 a este Proyecto de Ley, finalmente el Poder Ejecutivo introdujo una indicación para que dichos artículos no afectaran a estas tres universidades. Cabe señalar, que esta indicación fue aprobada por la Comisión de Educación y Cultura del Senado.
De este modo, se determinó especificar en el proyecto de Ley que “las normas establecidas en los artículos 63 a 70 no les serán aplicables a las Universidades Austral de Chile, a la Universidad de Concepción y a la Universidad Federico Santa María”. Esto viene a reconocer el rol que cumplen en el país estas tres instituciones y supone que no serán tratadas igual que las instituciones creadas después de 1981.
La votación de esta indicación es parte del segundo trámite legislativo de la reforma a la Educación Superior, que el Ejecutivo espera despachar antes del 31 de enero de este mes.

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