Se llama a dueños de predios agrícolas y forestales a que registren sus faenas de quema en la oficina de la Corporación en Cañete.
Como parte de las actividades establecidas en el programa de prevención de incendios forestales de la Corporación Nacional Forestal, CONAF, los distintos equipos provinciales de prevención han estado fiscalizando una serie de predios con avisos de quema de rastrojos o de desechos forestales, principalmente aquellos que se encuentran a orilla de carretera, cercano a caminos secundarios o vecinos a otros terrenos.
En el caso de la Provincia de Arauco, las fiscalizaciones se concentraron hoy en la comuna de Cañete. Uno de los terrenos visitados se encuentra en Ranquilco, en donde se contaba con permiso para la eliminación de desechos agrícolas. En el lugar se verificó que no estaban las condiciones óptimas para el uso del fuego, por lo que el propietario debía despejar el cortafuego construido, de modo de dejar suelo mineral para evitar así alguna continuidad de combustible.
También se fiscalizó el predio Quinahue, donde ya se habían ejecutado las faenas de quema de rastrojos, quedando de esa manera el terreno listo para la próxima siembra.
El jefe provincial (i) de CONAF Arauco, Guillermo Reyes Cabrera, informó que “se mantendrán las fiscalizaciones en algunos terrenos que presenten mayor complejidad por el humo que puedan emanar. Entendemos que para muchos agricultores y dueños de predios forestales, el uso del fuego para la eliminación de desechos de cosecha es un método rápido, pero todos ellos deben registrar sus avisos de quema en nuestra oficina que tenemos en Cañete. Si no lo hacen, esa quema sería ilegal y nos obligaría a coordinarnos con Carabineros para detener esa faena y, junto con ello, exponerse a una multa. Por eso hemos insistido a nivel regional sobre la importancia de registrar sus quemas”.
La otorgación del permiso para la ejecución de quemas agrícolas y forestales en toda la Región del Biobío obedece a que las condiciones meteorológicas actuales lo permiten, con un aumento en la humedad relativa, bajas temperaturas y precipitaciones, haciendo que existan condiciones menos favorables para la propagación de incendios forestales.
Así también, al momento de realizar la quema, se le pide antes al agricultor, que verifique las condiciones del tiempo, la dirección del viento y que cuente con material de extinción de fuego. En el caso que exista condiciones desfavorables para la ejecución de la quema, esta se debe suspender de manera inmediata.
En caso de quemas a orilla de camino, se debe establece una franja de 10 metros a ambos lados de la carretera desde el cerco del predio hacia el interior. Previo a la ejecución, el usuario debe notificar a Carabineros, a sus vecinos y Bomberos. Si el humo se proyecta hacia la carretera, se deberá contar con la presencia de Carabineros para la regulación del tránsito. Por último, el usuario debe contar con los equipos y el personal que se indicó en el plan de quema que se entregó a la Corporación el día en que fue a registrar su aviso de uso del fuego.
La legislación vigente faculta a CONAF, a través del Decreto Supremo N°276 de 1980, del Ministerio de Agricultura, para establecer medidas de utilización del fuego en forma segura y sólo como quema controlada.
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