3 años 189 días por fuga deberá cumplir imputado por muerte de estudiante universitario atropellado en Aysén

En el juicio oral que concluyó a comienzos de abril, el Tribunal de Juicio Oral en Lo Penal de Coyhaique resolvió condenar a dos penas a Nicolás Farias Zúñiga, correspondientes a 540 días por el cuasidelito de homicidio (atropello) y una pena de 3 años 189 días por darse a la fuga del lugar del accidente, hechos que ocurrieron la madrugada del 26 de julio del 2019.

“La Ilustrísima Corte de Apelaciones de Coyhaique ha acogido la apelación que interpusimos como Fiscalía en la causa de Sebastián Tocol, por la cual solicitábamos que la pena que le impuso el Tribunal de Juicio Oral en Lo Penal a Nicolás Farias fuera una pena efectiva, es decir una pena privativa de libertad y no libertad vigilada como le había otorgado el Tribunal”. 

De esta forma explicó lo resuelto por la Corte de Apelaciones, el fiscal jefe de Puerto Aysén, Aquiles Cubillos, en el caso del joven universitario atropellado la madrugada del 26 de julio del 2019 en la ruta 240 Aysén – Chacabuco justo en frente de la población Las Dalias del sector Ribera Sur.

La semana pasada se habían efectuado los alegatos tras el recurso de apelación presentado por la Fiscalía de Puerto Aysén, en la causa contra el imputado Nicolás Farías Zúñiga, culpable de cuasidelito de homicidio y darse a la fuga del lugar del accidente y donde falleció el estudiante Sebastián Tocol. Y finalmente la Ilustrísima Corte acogió la solicitud de la Fiscalía y la familia del joven fallecido.

En el juicio oral que concluyó a comienzos de abril y en base a las pruebas presentadas por la Fiscalía Local de Puerto Aysén en un trabajo conjunto con la SIP de la Segunda Comisaría, la SIAT de Carabineros y la parte querellante, el Tribunal de Juicio Oral en Lo Penal de Coyhaique resolvió condenar a dos penas a Nicolás Farias Zúñiga, correspondientes a 540 días por el cuasidelito de homicidio (atropello) y una pena de 3 años 189 días por darse a la fuga del lugar del accidente.

ARGUMENTOS

“La Ilustrísima Corte acogió todas nuestras argumentaciones  y efectivamente revocó en esa parte la sentencia del Tribunal Oral y ordenó que la pena debe ser cumplida en forma efectiva”, aseveró el fiscal Cubillos.  En esta causa, la investigación fue dirigida por el fiscal Alex Olivero.

El Tribunal de Juicio Oral había otorgado a Nicolás Farias la libertad vigilada para el cumplimiento de esta pena, motivo por el cual la Fiscalía presentó un recurso de apelación, a fin de que cumpla su pena sin beneficios, cuestión que fue finalmente acogida por los ministros de la Corte de Apelaciones de Coyhaique.

“Nosotros interpusimos un recurso de apelación señalando que Nicolás Farías no cumplía con los requisitos legales establecidos para acogerse a la libertad vigilada intensiva, específicamente los requisitos subjetivos que contempla la ley y la Corte nos ha dado la razón, ordenando el cumplimiento efectivo de la totalidad de la condena”, puntualizó el fiscal Cubillos.

En declaraciones previas, el fiscal del Ministerio Público había explicado que “nosotros hemos establecido que por las características de personalidad, el tipo de delito, el móvil, la falta de arrepentimiento, la falta de responsabilización respecto del hecho y de entender la gravedad del mismo y la consecuencia de este, así como unido a otros antecedentes, el imputado no está apto para cumplir una pena en libertad  y que esa pena en libertad cumpla con los objetivos que la ley exige que es lograr la resocialización del imputado”.

Ahora, el condenado Nicolás Farías Zúñiga deberá seguir cumpliendo su condena en la cárcel.

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