Corte de Puerto Montt rechaza recurso de protección contra AFP por retención del 10%

La Corte de Apelaciones de Puerto Montt rechazó el recurso de protección presentado por afiliada en contra de la AFP Modelo S.A., por retener y no hacer entrega de los fondos previsionales correspondientes al 10% de cuenta de capitalización individual, vencido el plazo legal de 10 días hábiles, desde la autorización del retiro.

En fallo unánime (causa rol 1.534-2020), la Segunda Sala del tribunal de alzada –integrada por los ministros Jorge Pizarro, Ivonne Avendaño y el abogado (i) Cristian Oyarzo– no dio lugar a la acción cautelar, por estimar que perdió oportunidad, debido a que la AFP abonó el monto total solicitado.

“Que, el objeto de la presente acción cautelar dice relación con que la actora el día 30 de julio del presente, solicitó en el formulario dispuesto por la recurrida para dicho efecto, el retiro del 10% de sus fondos de pensiones, y el día 06 de agosto la AFP confirmó su solicitud mediante correo electrónico”.

En este correo señaló que su pago había sido aprobado por un monto total de $1.618.956 en una cuota, y que el pago se efectuaría el día 13 de agosto del presente año, pero a la fecha de interposición del recurso, el dinero aún no se veía reflejado en su cuenta, considerando que aquello constituye un acto ilegal y arbitrario de AFP Modelo”, sostiene el fallo.

La resolución agrega: “Que, evacuando el informe solicitado, la recurrida ha señalado que se accedió a la solicitud que motiva el presente arbitrio constitucional, el mismo día 18 de agosto en que se presentó el recurso, abonando a la cuenta indicada por la actora la suma antes indicada, razón por la que éste ha perdido oportunidad”.

Por lo tanto, se resuelve: “Por las consideraciones expuestas, lo dispuesto en los artículos 19 y 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales, se declara: Que, se rechaza el recurso de protección deducido por doña Nadia Beatriz Sáez Hernández, en contra de AFP modelo S.A., por haber perdido oportunidad”.

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