Precisa que las personas extranjeras con estadía transitoria en calidad de turistas no son parte de la población objetivo a vacunar.
El ministerio de Salud complementó hoy los lineamientos técnicos operativos de la vacunación SARS-COV2 introduciendo actualizaciones respecto de los grupos objetivos a vacunar y al personal sanitario habilitado para aplicar la vacuna.
Los lineamientos técnicos fueron publicados el 24 de diciembre de 2020 por el Ministerio de Salud y en ellos se abordan los ámbitos de campaña de vacunación, seguridad de las vacunas y cadena de frío entro temas.
Con la actualización se precisa la definición de población objetivo, en particular, lo concerniente al lugar de residencia. Así, se dispone que se debe vacunar a la población objetivo que vive en Chile siendo ésta “aquella que tiene la nacionalidad chilena, permanencia definitiva, visa de residente, visa de estudiante o visa sujeta a contrato, o quienes cuenten con una solicitud de visa temporal o definitiva ingresada a trámite”.
La resolución determina que no son parte de la población a vacunar quienes “están transitoriamente en el país exclusivamente con visa de turista”.
Respecto del personal de salud habilitado para vacunar contra el COVID-19 se dispone que podrá ser administrada por “todo profesional de salud de la red de salud público o privada que cuente con las competencias para administrar la vacuna” y que para ello se deberán cumplir con los protocolos del Ministerio de Salud. La medida busca facilitar la pronta vacunación y se implementará cuando “no exista posibilidad de aquellos trabajadores y funcionarios de salud que usualmente ejecutan acciones de vacunación”.
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