Condenan a 3 años y un día de libertad vigilada a contadora que estafó a empresa de Los Ángeles

El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Los Ángeles condenó a Lidia Nathalie Vidal Molina a la pena de 3 años y un día de presidio, con el beneficio de la libertad vigilada intensiva por igual lapso, en calidad de autora del delito consumado de estafa, en concurso medial con el delito consumado y reiterado de falsificación de instrumento privado mercantil. Ilícitos perpetrados en 2014, en la ciudad.

En fallo unánime (86-2019) el tribunal –integrado por los magistrados Gino Viale Acosta (presidente), Christian Osses Baeza e Ingrid Quezada Valdebenito (redactora)– aplicó, además, a Vidal Molina las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y la inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena; más el pago de una multa de 11 UTM.

“Reuniendo la sentenciada los requisitos establecidos en los artículos 15 y 15 bis de la Ley N° 18.216, se le sustituye la pena privativa de libertad por la pena de la libertad vigilada intensiva por el tiempo de duración de la condena, debiendo la sentenciada, una vez ejecutoriada la sentencia, presentarse dentro de quinto día ante el delegado de libertad vigilada de Gendarmería de Chile para el cumplimiento cabal de la pena sustitutiva”, consigna el fallo.

La resolución agrega que: “El delegado de libertad vigilada, una vez ejecutoriada esta sentencia, dentro del plazo de 30 días corridos contados desde la notificación a que se refiere el artículo 24 de la Ley 18.216 deberá proponer al tribunal un plan de intervención individual, para ser sometido a su aprobación judicial”.

Asimismo, y de conformidad con el artículo 17 de la Ley 18.216, la condenada deberá cumplir durante el cumplimiento de la sentencia, como las siguientes condiciones:

“a) Residencia en un lugar determinado, debiendo, en todo caso, corresponder a una ciudad en que preste funciones un delegado de libertad vigilada o de libertad vigilada intensiva. La residencia podrá´ ser cambiada en casos especiales calificados por el tribunal de ejecución y previo informe del delegado respectivo;

  1. b) Sujeción a la vigilancia y orientación permanentes de un delegado por el periodo fijado, debiendo la sentenciada cumplir todas las normas de conducta y las instrucciones que aquél imparta respecto a educación, trabajo, morada, cuidado del núcleo familiar, empleo del tiempo libre y cualquiera otra que sea pertinente para una eficaz intervención individualizada.
  2. c) Ejercicio de una profesión, oficio, empleo, arte, industria o comercio, bajo las modalidades que se determinen en el plan de intervención individual, si el condenado careciere de medios conocidos y honestos de subsistencia y no poseyere la calidad de estudiante”.

El tribunal dio por acreditado, más allá de toda duda razonable, que desde marzo de 2013 a agosto de 2014, Vidal Molina se desempeñó como contadora de la Sociedad Construcciones Eléctricas Volta Limitada, con oficinas a dicha época, en sector Pata de Gallina, Los Ángeles, desempeñando, entre otras funciones, la de encargada de la generación de cheques para efectos del pago de proveedores y clientes acreedores de la empresa.

Que en dicha calidad, Vidal Molina, durante junio y julio de 2014, “ingresó información falsa en los registros de pago de proveedores y acreedores de su empleadora, falsedad que consistió en generar órdenes de egreso que daban cuenta de pagos imaginarios a proveedores y acreedores de la empresa, sin que estos últimos participaran ni tomaran conocimiento de estas operaciones”.

De esta forma, en relación con estos procesos, generó la imputada cinco cheques ideológicamente falsos a nombre de personas de su confianza, Eduardo Salazar Escobar, Grace Silva Contreras, Víctor Rivera (Vidal) y Juan Carlos Salinas Matamala, con quienes la empresa Volta Limitada no tiene ni ha tenido relación comercial alguna”.

Cheques falsos que, mediante engaño, fueron firmados por el jefe directo de la acusada y girador de la cuenta corriente de Volta Limitada. Cinco cheques ideológicamente falsos que fueron cobrados e ingresados en las cuentas corrientes de las personas de confianza de Vidal Molina, quienes posteriormente, le entregaron o depositaron íntegramente dichos montos, logrando lucrar Vidal Molina en forma ilícita y en perjuicio a su empleadora, por la suma total de $7.141.952.

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