Por no acreditarse delitos Justicia absuelve a acusados por fraude al fisco, falsificación de instrumento público y fraude de subvenciones en Los Ángeles

El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Los Ángeles comunicó la sentencia absolutoria en favor de Leonel Castro Hidalgo, Claudia Andrea Rojas Cabrera y Marianella Beatriz Garrido Millán, acusados por Ministerio Público y querellante como autores de los delitos de fraude al fisco, falsificación de instrumento público y fraude de subvenciones. Ilícito que supuestamente habrían cometido entre abril y noviembre de 2013, en la comuna de Cabrero.

En fallo unánime (causa rol 57-2019), el tribunal –integrado por las magistradas Paola Schisano Pérez (presidente), Ingrid Quezada Valdebenito y Anamaría Sauterel Joaunnet (redactora)– decretó la absolución de Castro Hidalgo, Rojas Cabrera y Garrido Millán, por no haber logrado el persecutor acreditar los ilícitos en que les sindicó responsabilidad.

“Que, las conclusiones fácticas reseñadas en la motivación anterior, encuentran firme sustento, a juicio de estos sentenciadores, en la prueba de cargo aportada y que fue más arriba latamente analizada, sin que dichos hechos constituyan ninguno de los delitos por los cuales los acusados fueron enjuiciados por lo que forzosa resulta su absolución de todos los cargos formulados en su contra”.

Para el tribunal, “(…) lo único que se probó en el juicio fue lo siguiente:

Que el acusado Leonel Castro Hidalgo habiendo tomado conocimiento en su calidad de juez del Juzgado de Letras y Garantía de Cabrero, que la oficial primero del mismo tribunal, Claudia Andrea Rojas Cabrera, ejerciendo funciones de secretaria subrogante, en las fechas 3 de abril, 14 y 15 de mayo y 11 de noviembre de 2013, se ausentó de su trabajo, a fin de dar pruebas para ingreso al programa de formación n° 65 de la Academia Judicial, no informó a la Corte de Apelaciones de Concepción o a la Corporación Administrativa del Poder Judicial, permitiendo que esta percibiera remuneración íntegra en los días que desarrolló sus labores fuera del horario normal.

Asimismo, Castro Hidalgo, habiendo tomado conocimiento en su calidad de juez del citado tribunal que la abogada asesora a  honorarios, Marianella Beatriz Garrido Millán, no concurrió a la unidad judicial los días 23 de septiembre al 1 de octubre de 2013, debido a que se encontraba fuera del país, no comunicó la referida ausencia a sus superiores jerárquicos ni a la Corporación Administrativa del Poder Judicial, como tampoco a la oficial primero del mismo juzgado, Claudia Rojas Cabrera.

Rojas Cabrera, ejerciendo funciones de secretaria subrogante, los días 8 de octubre de 2013 y 4 de noviembre del 2013, certificó que la funcionaria Marianella Beatriz Garrido Millán, había desempeñado su asesoría correspondiente a los meses de septiembre y octubre, no denunciando al Ministerio Público el viaje de la abogada al extranjero durante ciertos días de dicho período.

Sobre la acusada Claudia Andrea Rojas Cabrera, oficial primero del Juzgado de Letras y Garantía de Cabrero, se demostró que ejerciendo funciones de secretaria subrogante del referido tribunal, los días 3 de abril, 14 y 15 de mayo y 11 de noviembre de 2013, se ausentó ciertas horas de su trabajo, a fin de asistir a dar pruebas para ingreso al programa de formación número 65 de la Academia Judicial, regresando luego a sus funciones y extendiéndolas fuera del horario normal, no informando a sus superiores del hecho como tampoco comunicándolo a la Corporación Administrativa del Poder Judicial, percibiendo en las referidas fechas, remuneración íntegra. La misma funcionaria en diversas causas, en las fechas referidas, firmó los estados diarios en calidad de secretaria subrogante.

Además, Claudia Rojas Cabrera, ejerciendo funciones de secretaria subrogante del referido tribunal, los días 8 de octubre y 4 de noviembre del 2013, certificó que Marianella Beatriz Garrido Millán había cumplido sus funciones, pese a que ésta no concurrió al Juzgado de Letras de Cabrero, entre los días 23 de septiembre al 1 de octubre de 2013, debido a que se encontraba fuera del país.

Con respecto a la abogada que se desempeñaba en el Juzgado de Letras y Garantía de Cabrero, Marianella Beatriz Garrido Millán, contratada para cumplir funciones en calidad de abogada a honorarios, entre otros periodos, desde el 1 al 30 de septiembre de 2013 y desde el 1 al 31 de octubre del mismo año, profesional  ésta se ausentó del país desde el día 23 de septiembre al 1 de octubre de 2013, percibiendo íntegro el honorario del periodo.

La acusada Marianella Beatriz Garrido Millán firmó el libro de asistencia del Juzgado de Cabrero como si hubiese trabajadora dependiente los días 23 de septiembre al 1º de octubre de 2013 y asimismo presentó ante la Corporación Administrativa del Poder Judicial, las certificaciones emitidas por la secretaria subrogante Claudia Andrea Rojas Cabrera.

Las boletas emitidas por la acusada Marianella Beatriz Garrido Millán, corresponden a Boleta N° 9 de fecha 8 de octubre de 2013, por la suma de $800.000, correspondiente a los servicios prestados en septiembre en el Tribunal de Cabrero y la Boleta N° 10 de fecha 31 de octubre de 2013, por la suma de $800.000 correspondiente a los servicios prestados en octubre en el mismo tribunal.

“El tribunal pudo tener por acreditado que los permisos fueron otorgados por el entonces juez Castro a Claudia Rojas y Marianella Garrido y así les permitió ausentarse, pero por una falta de prolijidad no se formalizaron esas autorizaciones con un documento de respaldo”.

Esta omisión a juicio del tribunal no constituyen delitos defraudatorios en perjuicio del Estado, por ende no deben ser castigados penalmente, sino que más bien son responsabilidades de carácter disciplinario o administrativo, por las cuales Leonel Castro y Claudio Rojas fueron sancionadas por la Corte de Apelaciones de Concepción que siguió una investigación sumaria en contra de ambas”, expresó la jueza Sauterel.

La magistrada Sauterel agregó que: “No se probó que hubo ánimo o intención de defraudar en ningunos de los acusados porque los permisos se otorgaron para que la señora Rojas rindiera exámenes de postulación a la Academia Judicial, demostrándose que la funcionaria regresó al tribunal los mismos días, pero más tarde, concluyendo así los trabajos encomendados por su cargo. Mientras tanto, la señora Garrido también cumplió de manera íntegra y satisfactoria todas las tareas encomendadas, único deber impuesto en el contrato que ella había suscrito con la Corporación Administrativa del Poder Judicial”.

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