A 5 años y un día de presidio y pago de $27.700.000 por daño moral condenan a autor de homicidio en Talcahuano

El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Concepción condenó hoy –miércoles 8 de junio– a Mauricio Javier Saavedra Méndez a la pena de 5 años y un día de presidio efectivo, en calidad de autor del delito consumado de homicidio. Ilícito perpetrado en febrero de 2018, en la comuna de Talcahuano.

En fallo unánime (causa rol 157-2021), el tribunal –integrado por las magistradas Nancy Vargas Bustamante (presidenta), Marcela Norris Bustos y el magistrado Leonardo Llanos Lagos (redactor)– aplicó, además, a Saavedra Méndez las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y la inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena.

Una vez que el fallo quede ejecutoriado, el tribunal dispuso que se proceda a la toma de muestras biológicas del sentenciado para determinar su huella genética e incorporación en el registro nacional de ADN de condenados.

El tribunal dio por acreditado, más allá de toda duda razonable, que durante la noche del 3 y la madrugada del 4 de febrero de 2018, “en un domicilio del sector Brisas del Sol de la comuna de Talcahuano, se realizó la celebración del cumpleaños del dueño de casa Patricio Méndez Méndez, actividad a la que concurrió un grupo aproximado de 14 personas, entre las cuales estaba el acusado Mauricio Javier Saavedra Méndez –hermano de Patricio– y Juan Edgardo Medel Durán, amigo del festejado.

La actividad terminó cerca de las 03:00 de la madrugada, hora en la cual se retiró la mayoría de los invitados. En el domicilio quedó el dueño de casa, Patricio Méndez Méndez y su cónyuge Fabiola Espinoza Escobar quienes se retiraron a dormir a su habitación ubicada en el segundo piso.

Permanecieron también los invitados Juan Edgardo Medel Durán y Mauricio Javier Saavedra Méndez en compañía de su pareja Sara Lagos Zúñiga, quien posteriormente se retiró del lugar.
Por su parte Juan Edgardo Medel Durán y Mauricio Javier Saavedra Méndez continuaron con la ingesta de alcohol, discutiendo, molestándose, recriminándose y agrediéndose mutuamente en diversos momentos de la madrugada”.

La resolución agrega que, posteriormente, alrededor de las 08:20 horas del 4 de febrero de 2018, “producto de la hora y de los constantes conatos y discusiones, Fabiola Espinoza Escobar les exige a Saavedra Méndez y a Juan Edgardo Medel Durán que se retiren de su casa”.

Es por tal motivo que ella se levanta y sale desde su dormitorio para pedir un UBER a objeto que se lleve a los invitados. Con tal fin, ella baja al primer piso y se sienta en la escalera, la cual, al ser abierta permite ver el sector del living comedor.
Es en ese momento en que el acusado Mauricio Javier Saavedra Méndez agredió con un cuchillo cocinero de 35 cm. a la víctima Juan Edgardo Medel Durán en su espalda, específicamente en el tercio superior del hemitórax derecho.
La lesión provocó en la víctima una herida cortopunzante profunda de 05 centímetros de ancho en sentido vertical a nivel del tercio superior de la espalda a 6,5 cm. a derecha de línea media posterior y a 13 cm. de prominencia oxipital, con cola de salida hacia borde inferior y de atrás hacia adelante.

La herida propinada por Mauricio Saavedra lesionó el lóbulo superior del pulmón derecho, la vena subclavia derecha, la tráquea y fracturó la cuarta costilla posterior derecha de la víctima y provocó la muerte de Juan Medel Durán por hemorragia externa secundaria a trauma torácico”.

En el aspecto civil, el tribunal acogió la demanda por daño moral interpuesta por la cónyuge de la víctima y, en consecuencia, condenó a Saavedra Méndez a pagar a la demandante Adriana del Pilar Parra Arriagada la suma de $27.700.000.

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