En prisión preventiva quedó profesor acusado por violación en San Pedro de la Paz

El Juzgado de Garantía de San Pedro de la Paz decretó la prisión preventiva de Jorge Andrés Villanueva Arancibia, imputado por el Ministerio Público como autor del delito consumado de violación de mayor de 14 años. Ilícito perpetrado el viernes pasado, en la comuna.

En la audiencia de formalización (causa rol 1059-2022), la magistrada Silvia Jiménez Cid acogió la cautelar solicitadas por el ente persecutor, por poseer Villanueva Arancibia una condena previa (ya cumplida) por delito similar. Además, fijó en tres meses el plazo de investigación.

Según el ente persecutor, alrededor de las 16 horas del pasado viernes 10 de junio, Jorge Andrés Villanueva Arancibia se encontraba en los asientos traseros de su vehículo en el sector costanera de la comuna de San Pedro, acompañado de un niño de 14 años, a quien llevó al sitio luego de contactarlo previamente.

En ese lugar lo amenazó con matar a su madre si no le practicaba sexo oral, luego de lo cual concretó la violación. En ese momento fue sorprendido por funcionarios de Carabineros, quienes realizaban un control rutinario, policías que procedieron a su detención.

“El ente persecutor solicitó la prisión preventiva del imputado, a la que se accede por el tribunal, ya que los antecedentes de investigación reunidos por el Ministerio Público y expuestos en la audiencia se estimaron suficientes para justificar la existencia del delito y para presumir fundadamente la participación del imputado en el mismo”, detalló la jueza Jiménez.

La magistrada agregó que: “Así, considerando además la gravedad de la pena asignada en la ley para el delito por el cual se formaliza el bien jurídico protegido y los antecedentes del imputado relativos a una causa anterior por delito de la misma naturaleza y en la que el ente persecutor solicitó la aplicación de un procedimiento abreviado en el que se le condenó, en definitiva, a dos años de presidio efectivo, pena que ya se encuentra cumplida”.

Se estimó que la libertad del imputado constituye un peligro no solo para la seguridad de la sociedad, sino también para la seguridad de la víctima, por lo que la única medida posible para su resguardo –a juicio del tribunal- es la prisión preventiva.

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