Condenan a 4 años de libertad vigilada intensiva a autor de abuso sexual impropio

El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Concepción condenó este domingo 2 de mayo a A.A.G.C. a la pena de 4 años de presidio, con el beneficio de la libertad vigilada intensiva por igual lapso bajo el control de Gendarmería, en calidad de autor del delito consumado de abuso sexual impropio, ilícito perpetrado en 2017, en la ciudad.

En fallo unánime, el tribunal –integrado por las magistradas Karina Mihovilovic Gutiérrez (presidenta), Georgina Solís Morgado y Paula Cruces López (redactora)– aplicó, además, a A.A.G.C. las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y la inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena.

Asimismo, el tribunal impuso al condenado las penas de interdicción del derecho de ejercer la guarda y ser oído como pariente en los casos que la ley designa, la sujeción a la vigilancia de la autoridad durante los 10 años siguientes al cumplimiento de la pena principal y la inhabilitación absoluta perpetua para cargos, empleos, oficios o profesiones ejercidas en ámbitos educacionales o que involucren una relación directa y habitual con personas menores de edad.

El sentenciado deberá cumplir con un plan de intervención individual que se apruebe en su momento y presentarse ante el Centro de Reinserción Social de Concepción, dentro del plazo de cinco días, contados desde que la sentencia quede firme y ejecutoriada; y la obligación de cumplir con programas formativos de educación sexual, debiendo el delegado de libertad vigilada que le sea asignado, procurar y verificar su incorporación a estos programas.

Una vez que el fallo quede ejecutoriado, el tribunal dispuso que se proceda a la toma de muestras biológicas del sentenciado para determinar su huella genética e inclusión en el registro nacional de ADN de condenados.

El tribunal dio por acreditado, más allá de toda duda razonable, que en horas de la noche de un día indeterminado de 2017, la víctima H.A. M. G., nacida el 18 de abril de 2010, se encontraba acostada en un dormitorio en el segundo piso del domicilio ubicado en la comuna de Concepción, perteneciente a su abuela materna. Dormitorio al cual el imputado, tío de la menor, ingresó, se acostó junto a la niña y le realizó tocaciones indebidas.

“Para llegar a esta condena se tuvo en consideración la declaración de la víctima, la que fue corroborada por todos los testigos que presentó el Ministerio Público y en especial por la declaración de la perito que dio cuenta de la credibilidad del relato y del daño asociado al delito. No obstante, reuniéndose todos los requisitos establecidos en la ley se le sustituyó la pena impuesta por la de libertad vigilada intensiva”, explicó la jueza Cruces.

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