Diputado RN Cristóbal Urruticoechea quiere penalizar casos de violencia o agresiones contra mujeres embarazadas

Con el patrocinio de otros parlamentarios, presentó una iniciativa que sanciona con presidio menor en sus grados mínimo a medio el maltrato físico o de palabra durante el trabajo de parto o cuando la madre acaba de dar a luz.

El momento del parto ya en sí es una situación estresante no solo para la madre. También lo es para el bebé que se incorpora a su nuevo hábitat de manera abrupta. Agregarle un nuevo factor que intensifique dicha tensión no es para nada oportuno e incluso puede llegar a ocasionar daños irreparables al recién nacido. Es la experiencia que vivieron mujeres venezolanas en la sala de parto en el hospital San Borja Arriarán.

Ellas acusan negligencia, ya que no se les practicó a tiempo una cesárea y por lo mismo son casos que se judicializaron. Dos de los bebés terminaron con graves secuelas sicomotoras y una lactante falleció producto de complicaciones producidas por la demora de sus partos adversos.

Es lo que se conoce como violencia o agresiones contra mujeres embarazadas, problemática que se instaló como debate tras conocerse el video de un hospital Guatemalteco donde una madre recibió al primer bebé del 2019 rodeada de una veintena de funcionarios que grabaron el nacimiento celebrando con cotillón y un conteo.

Frente a esta realidad lamentable, es que el diputado RN Cristóbal Urruticoechea, presentó un proyecto de ley que plantea modificar el Código Penal. ¿De qué manera? Agrega un “nuevo artículo 394 BIS, que sancione a los profesionales del ámbito de la salud que, abusando de su oficio, hieran, golpeen o maltraten de obra o de palabra a una mujer embarazada, que se encuentra en el proceso del parto, o que acaba de dar a luz y requiere de los oportunos cuidados médicos para su pronta recuperación”.

Dentro de los antecedentes, la iniciativa considera que “el embarazo y la maternidad son etapas fundamentales en la vida de las mujeres y de su entorno familiar, y merecen que se les brinde el debido respeto y la mayor protección posible por parte de la sociedad”.

Consigna, que, en países como Argentina y México, en los cuales existe legislación sobre la materia, se ha acuñado la expresión “violencia obstétrica” para referirse a estos casos. Según el documento, el DFL N°1 del Ministerio de Salud y de la Subsecretaría de Salud Pública asegura que “toda mujer embarazada tendrá derecho a protección del Estado durante el embarazo y hasta el sexto mes del nacimiento del hijo, la que comprenderá el control del embarazo y puerperio”.

Asimismo, “el artículo 136 dice que entre los beneficiarios del Régimen de Prestaciones de Salud se encuentra la mujer embarazada, aun cuando no sea afiliada ni beneficiaria, y el niño hasta los seis años para el otorgamiento de las prestaciones del artículo 139”.

Es así como el proyecto –que busca penalizar casos de violencia física o verbal contra las mujeres antes, durante o después del momento de dar a luz- sanciona con la pena de presidio menor en sus grados mínimo a medio y además, contó con el patrocinio de los diputados Sebastián Álvarez, Daniella Cicardini, Gonzalo Fuenzalida, Harry Jürgensen, Diego Paulsen, Leopoldo Pérez, Diego Schalper, Mario Venegas y Matías Walker.

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